miércoles, 21 de mayo de 2025

Neyba Informativo

Critican la inacción del Defensor del Pueblo y de la ministra de la mujer ante las violaciones de derechos

 


Santo Domingo. - Las figuras del Defensor del Pueblo y la ministra de la Mujer deberían ser removidos de sus cargos por evidenciar disfuncionalidad a la luz de sus acciones frente al “chorro” de violaciones de derechos, declaró la doctora María Bizenny Martínez.

De igual manera, según planteó la experta, el Consejo Nacional para la Niñez (Conani), aunque ha reaccionado con algún acierto ante casos que le atañen, requiere un reforzamiento que le ponga a la altura de la misión que le encomienda su ley orgánica.

Bizenny, activista de los derechos humanos y coordinadora de incidencias del Movimiento Socio Cultural para el Trabajo Humanitario y Ambiental (Mostha), se refirió a los atropellos a la dignidad humana en la persona de mujeres, niños y niñas que se verifican en los últimos meses.

Resulta insólito pensar en que sea posible la indiferencia de eso funcionarios frente a los atropellos a los niños y niñas de parte del alcalde de Dajabón, Santiago Riverón, observó la defensora de derechos humanos. “Lo mismo con la deportación de una cantidad asombrosa de miembros de esa población vulnerabilizada en los operativos de deportación que ejecutas la Dirección General de Migración”.

Los reclamos de la doctora Bizenny incluyen los “atropellos” contra las haitianas embarazadas y lactantes, lo mismo que ancianas y ancianos, “los cuales son deportados en violación a las leyes, la Constitución y acuerdos internacionales”.

Pero, puntualizó, cómo entender tanto silencio frente a la democión de las viviendas de haitianos y dominicanos en Mata Mosquitos, sin previo aviso, “lo cual lanzó a mujeres, niños y ancianos hacia una vida en desamparo”. ¿O es que esos y esas ciudadanas/os no tienen derecho por ser extranjeras”, se preguntó.

“Frente a esas violaciones de derechos humanos no se entiende que ni el Defensor del Pueblo (Pablo Ulloa) ni la ministra de la Mujer (Mayra Jiménez) hayan dicho siquiera esta boca es mía”, dijo la experta.

El Defensor del Pueblo

De acuerdo con Bizenny, la protección de los derechos, independientemente de la nacionalidad de los ciudadanos en el territorio dominicano, constituye el meollo de las funciones del Defensor del Pueblo.

De acuerdo con sus explicaciones, las funciones de ese funcionario son basadas en la Ley número 19, del día 1 de febrero del 2001, “la cual le autoriza de manera taxativa a obrar en la protección de los derechos ciudadanos el fortalecimiento de la administración pública, preservar el Estado de Derecho e impulsar la cultura democrática”.

La ministra de la mujer

En el caso de la ministra de la mujer, la experta dijo que en su “acta de naciminto”, en la ley que le dio origen, está contemplada como misión fundamental algo obvio: “Proteger los derechos de las mujeres”.

Bizenny citó la Ley número 86 del día  de 1999, la cual desde su primer artículo deja en su poder el trabajar por la equidad de género y el pleno ejercicio de la ciudadanía por parte de las mujeres.

Asimismo, la Constitución traza igualmente la orientación para sustentar el trabajo de la ministra de la mujer, dijo la activista de los derechos humanos.